¿Qué sucede si ocurre un accidente laboral en teletrabajo? En el contexto del teletrabajo, se nos presentan nuevas situaciones y cuestiones como esta. Es importante que comprendamos las implicaciones legales.
Tabla de contenidos
¿Se podría considerar un accidente laboral estando en teletrabajo?
El juzgado de lo social número 3 de Santander considera que sí. Considera un accidente laboral en teletrabajo el caso de un trabajador que, durante un descanso dentro de su horario laboral en teletrabajo, tropezó y se hirió la mano con el cristal de una puerta.El juez entiende que se trata de un accidente laboral en teletrabajo puesto que sucedió en el tiempo y lugar de trabajo.
En este caso, la mutua y el INSS argumentaron que no era posible demostrar que que el trabajador se encontrara en el descanso y no realizando otra actividad doméstica. Por lo que no contemplarían la situación como un accidente laboral en teletrabajo.
El juez no se mostró de acuerdo con este argumento. De hecho, planteó que si el hecho hubiese ocurrido en una empresa no habría existido un procedimiento judicial ni dudas sobre lo ocurrido. Además, de haber ocurrido el accidente fuera del horario de trabajo estaría de acuerdo con las partes demandadas, pero que el accidente ocurrió durante la jornada de trabajo y añade que no importa lo que estuviera haciendo el trabajador en ese momento, nada cambiaría el momento en que ocurrió el hecho.
Respuesta del juez
Con el afán de aclarar algunos puntos sobre el tema, el juez expresó el hecho de que el trabajador se encontraba en medio de un descanso no tenía relevancia. Si el hecho hubiese ocurrido durante el momento de ir al baño, el resultado sería el mismo. No se puede tratar peor a una persona trabajadora en teletrabajo que aun trabajador presencial. Según la versión sostenida por el trabajador sobre los hechos y el registro informático, se demuestra que se encontraba prestando sus servicios hasta que tomó el breve descanso. Por solo cuestión de minutos se procedió a llamar a la ambulancia, la cual traslado al hospital donde fue atendido.
El inicio del descanso ocurrió a las 19:36 horas mientras que la llegada de la ambulancia a las 19:49 horas, según lo indicado por el juez.
La sentencia no es firme ya que esta puede ser apelada ante la sala de lo social de Tribunal de justicia de Cantabria.