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Transformación, Fusión Y Escisión De Empresas

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Responsable: Anteo ETL
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Legitimación: Consentimiento del interesado
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal
Derechos: Acceder, rectificar o suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.

Rosana Acosta

Rosana Acosta

MÁS DE 30 AÑOS DE EXPERIENCIA

Asesores fiscales y consultoría de empresas

Es sumamente relevante contar con unos profesionales expertos, puesto que incumplir las exigencias del régimen supone sanciones muy estrictas, i.e. una infracción tributaria grave que conlleva una multa fija de 10.000 euros por cada operación respecto de la que se hubiese de suministrar información.

Además, como habrá visto, el régimen especial es extremadamente casuístico y necesita de examen pormenorizado de las consultas tributarias, por lo que el equipo de Anteo, altamente cualificado y enterado de todas las novedades fiscales, velará para que maximice la aplicación de dicho régimen siempre de acuerdo con la normativa vigente.

Si su empresa se encuentra en estos momentos inmersa en cualesquiera operaciones de reestructuración societarias, ha dado con la asesoría adecuada: Anteo se caracteriza por su profesionalidad, rigor y alta especialización en materia tributaria, elementos necesarios para dotarle de técnicas de protección adecuadas para salvaguardar los legítimos intereses de los socios y terceros que se ven afectados por estos cambios societarios.

La transformación es una operación que permite el cambio del tipo o forma social, permaneciendo inalterada la identidad y personalidad jurídica de la sociedad que continúa existiendo bajo la nueva forma.

La fusión es un procedimiento societario de concentración empresarial en virtud del cual dos o más sociedades mercantiles inscritas se integran en una única sociedad mediante la transmisión en bloque de sus patrimonios y la atribución a los socios de las sociedades que se extinguen de acciones, participaciones o cuotas de la sociedad resultante, que puede ser de nueva creación o una de las sociedades que se fusionan.

La escisión constituye el proceso inverso al de fusión, esto es, en lugar de una concentración empresarial, se trata de una disgregación de fuerzas económicas consistente en la separación del patrimonio de una sociedad mercantil inscrita en dos o más partes.

Tributación

El régimen de neutralidad fiscal regulado en la Ley del Impuesto sobre Sociedades pretende que la tributación de las operaciones de reestructuración empresarial, entre las cuales se incluyen los conceptos definidos con anterioridad, pueda ser diferida siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Deben ser realizadas por motivos económicos válidos:

Estas circunstancias no se configuran como una lista cerrada, sino que hay que estar al caso concreto y a las consultas emitidas por la Administración tributaria.

Algunos ejemplos de motivos económicos válidos serían la simplificación de la gestión, abaratando costes administrativos (DGT V0472-06), aunar los derechos políticos y económicos que se poseen en otra entidad (DGT V0168-04) o mayor solvencia y capacidad de endeudamiento, reforzando la estructura financiera (DGT V0474-06).

Su finalidad única no puede ser la obtención de la ventaja fiscal:

El contribuyente queda obligado a justificar a la Administración que opta por este régimen especial no solo por la mera obtención de una ventaja fiscal, sino por motivos económicos válidos que deben caer en el elenco de supuestos dictados por la Agencia Tributaria.

Deben ser comunicadas a la Hacienda Pública:

La comunicación de la operación realizada se deberá llevar a cabo en el plazo de tres meses siguientes a la fecha en la que se haya inscrito en el Registro Mercantil la escritura pública que regule la operación.

Sucesiones y herencias

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Nuestros profesionales te acompañarán a lo largo del procedimiento y harán lo necesario para maximizar tu ahorro fiscal.

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