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Consecuencias y sanciones por no presentar Cuentas Anuales

Jul 4, 2024

No presentar las cuentas anuales puede darse por descuido, falta de conocimiento o bien, de forma deliberada. Pero, independientemente del motivo, las repercusiones de no presentar las cuentas anuales pueden llegar a ser significativas y variadas. Esto puede afectar tanto a la estabilidad financiera de la empresa como su reputación y operatividad futura.

La obligación de presentar las cuentas anuales es un deber fundamental para cualquier empresa, independientemente de su tamaño o sector. Este proceso no solo garantiza la transparencia y la responsabilidad del órgano de administración ante los accionistas y las autoridades fiscales, sino que también fortalece la confianza para los inversores, proveedores, clientes y otros actores claves del mercado.

En el plazo máximo de tres meses a contar desde el cierre del ejercicio social, los administradores de la empresa deberán formular los documentos que las forman. Y es que cuando hablamos de las cuentas anuales, estamos hablando tanto del balance de situación, la cuenta de explotación, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria, debiendo mostrar todos y cada uno, así como los documentos que los acompañen, una imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la sociedad. No todos los documentos mencionados son obligatorios, dependerá de ciertos aspectos de la empresa tales como la dimensión o sus ingresos

Este proceso implica un riguroso análisis y una correcta contabilización de todas las transacciones realizadas por la sociedad a lo largo del ejercicio. Asimismo, en su elaboración, deben seguir los principios contables generalmente aceptados y las normas específicas del sector en el que opera la empresa.

¿Cuáles son las sanciones al no presentar las Cuentas Anuales?

El incumplimiento de las obligaciones mencionadas del órgano de administración conlleva importantes consecuencias tanto de carácter jurídico como económico, para la mercantil y también para los administradores.

Resulta conveniente recordar que el órgano de administración responde frente a la propia mercantil, sus socios e incluso, frente a los acreedores societarios por todos aquellos daños y perjuicios que se pudieran haber causado por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo, como son la formulación, convocatoria de junta para
aprobación y depósito de las cuentas anuales.

Consecuencias legales

El cierre de la hoja registral implica que no se pueden inscribir ni formalizar los cambios o circunstancias sucedidos en la sociedad, mientas pesista el motivo que originó el cierre. Por lo tanto, no se trata de una sanción definitiva, sino que solemos hablar de un cierre provisional de la hoja registral que puede solucionarse conociendo y subsanando el motivo que lo originó.

En el caso que analizamos, para reabrir una hoja registral cerrada por falta de depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil, se deberá:

  • Depositar las cuentas anuales pendientes o, si éstas fueran más, las de los tres ejercicios sociales previos al ejercicio que queremos depositar.
  • Presentar un certificado de imposibilidad de depósito de las cuentas anuales por no estar éstas aprobadas.

Consecuencias económicas

Recibir una sanción económica por parte del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) es bastante probable.

En estas situaciones, lo que suele hacer este organismo es iniciar un expediente sancionador por el incumplimiento de la obligación de presentar y depositar las cuentas anuales.

Lo cierto es que, con los años, esta medida se ha venido imponiendo con el objetivo de impulsar a que las empresas presenten debidamente las cuentas anuales, principalmente por el gran número de las empresas que, históricamente en España, incumplían con esta obligación. Asimismo, se persigue conseguir un nivel óptimo de transparencia empresarial y proteger los intereses de terceros.

Actualmente, la ausencia de depósito de las cuentas anuales puede ser constitutiva de una infracción, para la cual se puede prescribir una multa por un importe variable, que puede ir desde los 1.200 a los 60.000 euros.

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    Además, si la sociedad o el grupo societario incumplidor tuviera un volumen de facturación anual que supere los 6.000.000 de euros, el límite de dicha multa asociada a cada año de retraso puede llegar hasta los 300.000 euros en algunos supuestos.

    Para determinar la sanción exacta a imponer, por regla general, se utilizan parámetros numéricos de la sociedad que incumple, tales como la cifra total del activo que tiene la mercantil reflejada en el último balance declarado ante la Administración Tributaria, normalmente de los datos presentados en el Impuesto de Sociedades, o bien, incluso la cifra de ventas.

    A pesar de todo lo expuesto, también se debe tener en cuenta que la sanción por dicho incumplimiento tiene un plazo de prescripción de 3 años.

    ¿Cómo regular la situación ante una omisión?

    En caso de tener que regular la situación, te recomendamos que te pongas en manos de asesores legales profesionales. Nuestro equipo de especialistas en Derecho Fiscal se encargará de asistir a tu empresa para protegerla ante este tipo de circunstancias.

    En definitiva, la presentación de las cuentas anuales de una sociedad es un proceso esencial que refleja la gestión transparente y responsable de la misma. Cumplir con esta obligación no solo evita sanciones y problemas legales, tanto a la empresa como a los propios administradores, sino que también fortalece la confianza ante a los diferentes actores que interactúan con la mercantil. Por todo ello, es fundamental que los administradores sean conscientes de la importancia de este proceso y, en consecuencia, actúen diligentemente para garantizar su cumplimiento.

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