En un entorno cada vez más globalizado resulta fundamental que las empresas que operan en múltiples países, cuenten con la correcta documentación en materia de precios de transferencia. Cada vez más las autoridades exigen a estas empresas la justificación de las transacciones realizadas entre partes vinculadas para asegurar su legalidad y su ajuste al principio de libre competencia, que obliga a que las empresas vinculadas realicen transacciones como si fueran entre empresas independientes, eso es, a precios de mercado.
Ahora bien… ¿cuál es esta documentación que necesito para cumplir con las obligaciones fiscales en materia de precios de transferencia?
Tabla de contenidos
Documentación obligatoria en precios de transferencia
Master File o documentación de las operaciones vinculadas del grupo
Documento clave, ya que proporciona a las autoridades una visión global del grupo y permite valorar el riesgo en las operaciones entre partes vinculadas. Debe incluir información detallada los siguientes aspectos:
- Estructura organizativa: Descripción del organigrama del grupo, identificando las entidades involucradas y su localización geográfica.
- Actividades económicas del grupo: Información sobre las principales fuentes de ingresos y los mercados en los que opera el grupo. Esto incluye la cadena de suministro y una descripción de los productos o servicios clave.
- Activos intangibles: Detalles sobre la propiedad, desarrollo y explotación de los activos intangibles dentro del grupo, como patentes o marcas.
- Actividades financieras: Información sobre la financiación interna del grupo, como préstamos intragrupo, y sus políticas de precios de transferencia aplicadas a estas transacciones.
- Situación financiera y fiscal: Estados financieros consolidados del grupo, que permiten una evaluación global de su posición tributaria y operativa.
La presentación de este documento es obligatoria para las empresas con un importe neto de la cifra de negocios superior a los 45 millones de euros, y resulta fundamental para cumplir con las exigencias de la OCDE en el contexto del plan BEPS.
Local File o documentación específica del contribuyente
Esta documentación es obligatoria en aquellas empresas que tengan un importe neto de la cifra de negocios superior a los 45 millones de euros. Además, debe ser presentada por entidades con operaciones vinculadas superiores a 250.000 euros. Debe incluir:
- Descripción detallada de las operaciones vinculadas: es decir, una explicación de las operaciones que ha realizado la entidad con otras entidades del mismo grupo.
- Análisis de comparabilidad: a efectos de comparar que los precios de las transacciones son equivalentes a los que se habrían pactado si se hubiera realizado la transacción con partes independientes.
- Selección y aplicación del método de valoración: se debe justificar y desarrollar el método de cálculo de los precios de transferencia.
Country-by-country report (informe país por país)
Este documento será obligatorio para los grupos con una facturación global superior a los 750 millones de euros. En este informe se debe proporcionar una visión general de la distribución de beneficios y el pago de impuestos en cada país dónde opera el grupo. En concreto, debe incluir: los ingresos y beneficios antes de impuestos en cada país, el impuesto sobre sociedades pagado en cada una de las jurisdicciones donde opera la multinacional, y el número de empleados y activos tangibles en cada país.
Es importante recordar que en España existe también la obligación de declarar las operaciones vinculadas y las operaciones relacionadas con países cualificados como paraísos fiscales, mediante el modelo 232.
En este contexto es importante cerciorarse de disponer de toda la documentación y de estar al día con el cumplimiento de las normativas nacionales e internacionales, ya que las sanciones que acarrean son importantes.
Si tienes dudas sobre cómo gestionar tus obligaciones en materia de precios de transferencia, en ANTEO ETL GLOBAL tenemos un equipo especializado en fiscalidad internacional, no dudes en contactar con nosotros.