Medidas concursales adoptadas por el Covid-19

Mar 1, 2021

Para paliar los efectos negativos en la economía producidos por la crisis del Covid-19, el Gobierno ha contemplado una serie de medidas excepcionales en el ámbito concursal encaminadas a mantener la continuidad económica de aquellas empresas que, con anterioridad al Covid-19 se encontraban en una buena situación económica o cumplían regularmente el convenio, acuerdo extrajudicial de pagos o acuerdo de refinanciación homologado.

Veamos en qué consisten esta serie de medidas:

  • Es posible modificar un acuerdo de refinanciación homologado judicialmente o alcanzar uno nuevo, aunque no haya transcurrido un año desde la anterior solicitud de homologación (medida prevista hasta el próximo 14 de marzo de 2021).
  • Se aplaza la admisión a trámite de las solicitudes presentadas por acreedores de declaración de incumplimiento del acuerdo de refinanciación. Si bien, el juez competente dará traslado de estas solicitudes al deudor.
  • El deudor que esté en fase de cumplimiento de un acuerdo extrajudicial de pagos o de un convenio con sus acreedores podrá presentar una propuesta de modificación del mismo. Para el contenido de la solicitud y los requisitos de mayoría de pasivo exigible para su aprobación se estará a lo contemplado en la Ley Concursal para la propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos o, en su caso, convenio originario.

En aras de evitar que algunas empresas que podrían ser viables en situaciones normales de mercado se vean obligadas a solicitar el concurso de acreedores tras la superación de la crisis sanitaria del Covid-19, se ha acordado un régimen especial para la solicitud de declaración concurso.

  • Ha quedado suspendida la obligación del deudor que se encuentre en situación de insolvencia de solicitar la declaración de concurso de acreedores hasta el 14 de marzo 2021.
  • Se inadmiten a trámite las solicitudes de concurso necesario (instadas por acreedores) que se hayan presentado desde la declaración del estado de alarma y hasta el 14 de marzo de 2021. Y si antes de la fecha indicada el deudor hubiera presentado concurso voluntario éste se tramitará con preferencia aunque fuera de fecha posterior a la solicitud del concurso necesario.

Esta serie de medidas tratan de minimizar las repercusiones negativas de la crisis del Covid-19, dando tiempo a las empresas para que reestructuren la deuda y obtengan liquidez. Todas ellas finalizaran el próximo 14 de marzo, si no se decreta otra prórroga, por lo que es importante ir planteando el próximo escenario y llegar a tiempo para obtener la mejor opción para tu negocio.

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