LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

¿Has sufrido un fracaso económico o empresarial, estás en una situación de insolvencia y necesitas cancelar tus deudas?

Seguramente puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y encarrilar tu vida de nuevo.

 

Leer más acerca del cumplimiento RGPD

Responsable: Anteo ETL Global
Finalidad: Recogida de datos personales para poder atender a su solicitud
Legitimación: Consentimiento del interesado
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal
Derechos: Acceder, rectificar o suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

En 2015 nació la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo dirigido a los empresarios, autónomos o familias, que han sufrido un fracaso económico y están en situación de insolvencia tengan la oportunidad de reestructurar o cancelar el pago de sus deudas y encarrilar su vida de nuevo.

Puedes acogerte a este procedimiento siempre que:

Tu deuda no sea superior a
5 millones de euros.

s

No hayas provocado deliberada y malintencionadamente la situación de insolvencia

No hayas sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

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Escríbenos sin compromiso

Rellena el siguiente formulario y nuestros profesionales se pondrán en contacto contigo lo antes posible para asesorarte y acompañarte en todo el proceso.

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¿Cómo lo hacemos?

Nuestros profesionales te acompañarán a lo largo del procedimiento y harán lo necesario para que puedas acogerte con éxito a la Segunda Oportunidad. Los beneficios de este procedimiento son claros: se cancelarán tus deudas, desaparecerás de los listados de morosos, podrás volver a pedir financiación y arriesgarte con nuevas iniciativas y negocios.

FASE 1

Primera toma de contacto. Estudiaremos tu situación con detenimiento, te ofreceremos asesoramiento personalizado y marcaremos la hoja de ruta y pasos a seguir para que puedas tener una Segunda Oportunidad.

FASE 2

Solicitaremos un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores para intentar negociar el pago de la deuda. Para ello, se nombra a un mediador concursal, que se encargará de negociar y llegar a un acuerdo con los acreedores para que tú no tengas que ocuparte de nada.

FASE 3

Si no se alcanza un pacto con los acreedores, iniciaremos el procedimiento con la solicitud de concurso consecutivo ante el Juzgado. Desde un principio se paralizarán los procedimientos y ejecuciones judiciales, incluida la ejecución sobre la vivienda, los embargos, el devengo de intereses y los apremios de la administración.

FASE 4

Una vez realizado el procedimiento y liquidado el activo, solicitaremos el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), para que quedes exonerado del pago de las deudas que gocen de este beneficio.

Laura Pedreño

Laura Pedreño

Irene Pedreño

Irene Pedreño

MÁS DE 30 AÑOS DE EXPERIENCIA

Asesores fiscales y consultoría de empresas

En ANTEO contamos con un equipo de abogados y economistas con años de experiencia en procedimientos concursales y situaciones de insolvencia. Nuestra larga trayectoria y amplios conocimientos en el sector nos permiten ofrecer un servicio integral y trato cercano a nuestros clientes.

Confía en nosotros. Nuestros profesionales defenderán al máximo tus intereses y realizarán todos los trámites para que quedes libre de deudas y no tengas que preocuparte por nada.

Déjalo en nuestras manos y respira tranquilo.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Que es el acuerdo extrajudicial de pagos?

El mediador concursal nombrado por el notario (o Registro Mercantil, si eres empresario), negociará el pago de las deudas con tus acreedores mediante la propuesta de quitas, esperas y daciones en pago, con el fin de llegar a un acuerdo atendiendo a tus posibilidades reales de solvencia.

El acuerdo será de obligado cumplimiento si se obtiene la mayoría debida. Si, por el contrario, los acreedores rechazan la propuesta solicitaremos el concurso de acreedores consecutivo.

¿En qué consiste el concurso consecutivo?

En este punto del procedimiento el mediador concursal aportará un informe que contendrá toda la información relevante del deudor, un plan de liquidación de los bienes y derechos (en caso de que los hubiera) y un pronunciamiento sobre la concurrencia de los requisitos para obtener el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI). 

¿Es posible obtener la condonación de la totalidad de mis deudas?

Con la obtención del BEPI y siempre que se cumplan los requisitos establecidos, se pueden llegar a eliminar la totalidad de las deudas salvo aquellas contraídas con Hacienda y la Seguridad Social y las deudas por créditos alimentarios, por ejemplo, en caso de estar divorciado, la manutención de los hijos.

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Nuestros profesionales te acompañarán a lo largo del procedimiento y harán lo necesario para que acogerte con éxito a la Segunda Oportunidad.

Cancela tus deudas y empieza de cero

Realizaremos un estudio gratuito de su situación financiera y contactaremos con usted en un plazo máximo de 48h para informarle sobre la viabilidad del procedimiento. Únicamente tiene que responder al siguiente formulario:

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    ¿Cúal es su domicilio actual de empadronamiento?

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    ¿Cúal es el número total de acreedores?

    ¿Hay deudas con organismos públicos?

    Indica el importe de las deudas con organismos públicos

    ¿Hay deudas hipotecarias?

    Indica el importe de las deudas hipotecarias

    ¿Cúal es el principal motivo de endeudamiento?

    Indicar otros casos de endeudamiento

    ¿Cúal es tu situación laboral actual?

    ¿Cuáles son sus ingresos mensuales?

    ¿Cuáles son sus gastos mensuales?

    ¿Es propietario de su vivienda familiar?

    Indicar valor actual de la vivienda

    ¿Tiene hipoteca pendiente de pago?

    ¿Tiene otros bienes a su nombre? (Saldos, cuentas, acciones, vehículos, etc.)

    Indicar valor actual del bien

    ¿Tiene antecedentes penales?

    Indica delito

    ¿Has estado en concurso o ha solicitado anteriormente un acuerdo extrajudicial de pagos en los últimos años?

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